Sueldo Mínimo en Venezuela [ACTUALIZADO]
Sueldo Mínimo en Venezuela. Último
Aumento del Salario Mínimo en Venezuela. Dolarización del Salario en
Venezuela. Nuevo Aumento de Sueldo Integral Básico Mensual para
Trabajadores, Pensionados, Jubilados, Sector Público y Privado. Pago
Pensión Seguro Social. Bono Pensionados del Seguro Social. Histórico
Aumentos Salariales. Prestaciones Sociales.
Sueldo Mínimo en Venezuela 2021
1 Mayo 2021
Sueldo Mínimo Básico (Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6622, Decreto Nro. 4602) | Bs. 7.000.000 |
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Cestaticket (Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 6622, Decreto Nro. 4603) | Bs. 3.000.000 |
Total Sueldo Mínimo Integral | Bs. 10.000.000 |
Sueldo Mínimo Aprendices (75% del Sueldo Mínimo Básico) | Bs. 5.250.000 |
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Pensionados (Artículo 80 CRBV) | Bs. 7.000.000 |
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Bono Pensionados (Bono Especial a través de la Plataforma Patria) | Monto Variable |
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Vigencia del Sueldo Mínimo en Venezuela
En uno de los puntos del artículo 129 de la LOTTT, se indica que Previo estudio y mediante Decreto, el Ejecutivo Nacional fijará cada año el salario mínimo, y para que este Decreto de Aumento Salarial entre en vigencia, como cualquier ley, debe ser publicado en la Gaceta Oficial, según lo establecido en el artículo 1 del Código Civil de Venezuela.
Cálculo Salario Integral | Cálculo del Cestaticket |
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Deducciones Salariales | Prestaciones Sociales |
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Histórico del Salario Mínimo en Venezuela |
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Sueldo Mínimo en Dólares al Final del Periodo Presidencial
Presidente | Año | Sueldo Básico | Tasa | Sueldo en Dólares |
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Carlos Andrés Pérez | 1979 | Bs. 900,00 | Bs. 4,30 | US$. 209,30 |
Luis Herrera Campíns | 1984 | Bs. 900,00 | Bs. 14,00 | US$. 64,29 |
Jaime Lusinchi | 1989 | Bs. 2.010,00 | Bs. 37,30 | US$. 53,89 |
Carlos Andrés Pérez | 1993 | Bs. 9.000,00 | Bs. 87,60 | US$. 102,74 |
Ramón José Velásquez | 1994 | Bs. 9.000,00 | Bs. 108,80 | US$. 82,72 |
Rafael Caldera | 1999 | Bs. 100.000,00 | Bs. 573,90 | US$. 174,25 |
Reconversión Monetaria 2008
Presidente | Año | Sueldo Básico | Tasa | Sueldo en Dólares |
---|---|---|---|---|
Hugo Chávez | 2013 | Bs. 2.047,52 | Bs. 22,66 | US$. 90,36 |
Sueldo Mínimo en Dólares Periodo Presidencial Actual
Reconversión Monetaria 2018
Presidente | Año | Sueldo Básico | Tasa | Sueldo en Dólares |
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Nicolás Maduro | 2021 | Bs. 7.000.000 | Bs. 2.822.874,48 | US$. 2,48 |
Nota: Tasa de cambio oficial BCV al momento del aumento salarial del 1 de mayo del 2021.
Historia del Salario Mínimo en Venezuela
Sueldo Mínimo fijado de manera Indirecta por el Ejecutivo Nacional
El
21 de noviembre de 1958, la Junta de Gobierno de la República de
Venezuela, publica en la Gaceta Oficial Nro. 25818, el Decreto Nro. 440,
donde se dicta la Ley sobre Contratos Colectivos por Ramas de
Industrias, en su artículo 21 se establece que; El contrato colectivo en
la convención obrero-patronal o el laudo arbitral podrá ser declarado
por el Ejecutivo Nacional de extensión obligatoria para las demás
empresas y trabajadores de la misma rama industrial.
Sueldo Mínimo fijado por el Ejecutivo Nacional
El
4 de junio de 1974, el presidente Carlos Andrés Pérez, publica en la
Gaceta Oficial Nro. 30415 el Decreto Ley Nro. 122, donde fija por
primera vez en la historia el salario mínimo nacional de modo directo
por el Ejecutivo Nacional. En el artículo 1, se fija el salario mínimo
nacional en 15 bolívares por jornada diaria de trabajo. Son 450
bolívares mensuales, a la tasa de cambio de Bs. 4,30 por dólar, serían
104,65 dólares como el primer salario mínimo en Venezuela.
Historia del Cestaticket
El
14 de septiembre de 1998, el presidente Rafael Caldera, publica en la
Gaceta Oficial Nro. 36538 la primera Ley Programa de Alimentación para
los Trabajadores, conocido como Cestaticket.
La primera Ley del Cestaticket era obligatorio para el sector público y privado que tuvieran a su cargo más de cincuenta trabajadores y eran beneficiarios todos los trabajadores que devengaran hasta dos salarios mínimos mensuales, se pagaba como mínimo diario 0,25 U.T. y máximo diario 0,50 U.T. Entró en vigencia el 1 de enero de 1999 para el sector privado y paulatinamente de acuerdo a disponibilidad presupuestaria para el sector público.
En la actualidad, el monto del Cestaticket Socialista es ajustado directamente por el Ejecutivo Nacional, al igual que el salario mínimo.
La primera Ley del Cestaticket era obligatorio para el sector público y privado que tuvieran a su cargo más de cincuenta trabajadores y eran beneficiarios todos los trabajadores que devengaran hasta dos salarios mínimos mensuales, se pagaba como mínimo diario 0,25 U.T. y máximo diario 0,50 U.T. Entró en vigencia el 1 de enero de 1999 para el sector privado y paulatinamente de acuerdo a disponibilidad presupuestaria para el sector público.
En la actualidad, el monto del Cestaticket Socialista es ajustado directamente por el Ejecutivo Nacional, al igual que el salario mínimo.
Pago Pensionados
El
pago de las pensiones y jubilaciones está garantizado en el artículo 80
de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en dicho
artículo se indica que las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante
el sistema de seguridad social NO podrán ser inferiores al salario
mínimo urbano.
Dato Económico: El sector privado por lo general paga salarios más altos que el sector público. En la actualidad, el sueldo básico mensual en el sector privado está entre los 10 y 25 salarios mínimos oficiales, además, ofrecen compensaciones en dólares, ayuda para el transporte, pago extra en el bono de alimentación, seguro privado, bonos por asistencia y producción, entre otros beneficios.
El salario mínimo privado siempre va a depender del desempeño interno de cada empresa y de su capacidad para obtener un margen de ganancias que les permita mejorar los salarios de sus trabajadores.
Dato Económico: El sector privado por lo general paga salarios más altos que el sector público. En la actualidad, el sueldo básico mensual en el sector privado está entre los 10 y 25 salarios mínimos oficiales, además, ofrecen compensaciones en dólares, ayuda para el transporte, pago extra en el bono de alimentación, seguro privado, bonos por asistencia y producción, entre otros beneficios.
El salario mínimo privado siempre va a depender del desempeño interno de cada empresa y de su capacidad para obtener un margen de ganancias que les permita mejorar los salarios de sus trabajadores.
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